martes, 26 de enero de 2016

¿De qué hablamos cuando hablamos de Mediación?

Tomado de http://www.todosobremediacion.com.ar/sitio/index.php/articulos/delequipo/487-aportes-para-pensar-la-violencia-escolar

Por Daniel Martínez Zampa. (1)
El aumento de los conflictos en los distintos ámbitos  parece ser uno de los signos del momento actual., Conflictos en las familias, organizaciones, a nivel local, nacional e internacional. Con frecuencia encontramos  referencias a la mediación como dispositivo de abordaje de  los conflictos que diariamente debemos enfrentar.

Aportes para pensar la violencia escolar

Nuevamente episodios de violencia ocupan los titulares de los diarios y cuando ello ocurre entramos en apuro por demostrar “que algo se está haciendo” y recurrimos   a las más variadas opciones. A  la más frecuente de buscar el “chivo expiatorio” y expulsarlo, está la de consultar profesionales, hacer talleres,  impulsar iniciativas de leyes, o  en algunos países hasta colocar detectores de armas y policías armados en las escuelas  como tuve posibilidad de observar en algunos países de latino américa que tuve oportunidad de visitar. Ninguna de estas acciones ha probado su eficacia real más allá de llevar cierta tranquilidad de  que “algo se hizo”.

Pero el tema de la violencia escolar es mucho más complejo.  Cuando ocurre un  hecho calificado de “violento” en la escuela, éste generalmente tuvo su historia previa, en un problema que  comenzó, fue dando señales y nadie las advirtió hasta que pasó algo calificado como “grave”. En ocasiones actitudes de los adultos ayudaron a reafirmar el círculo.  Una vez que esto ocurre se busca juzgar al mismo con el último tramo de la situación . Es como pretender entender una película viendo los últimos cinco minutos.
Entender lo que pasó no es igual a “justificar” la conducta, pero sí nos sirve para contextualizarla y buscar caminos que nos permitan encontrar vías  adecuadas para que con la sanción el autor reflexione sobre la misma, repare el daño y no la repita.

Pero para ello  se requiere trabajar en las instituciones educativas con herramientas para detectar y abordar lo problemas a tiempo.
También se requiere comprender que la violencia en ocasiones es un comportamiento inadecuado en orden al logro de un objetivo común buscado por todo individuo: pertenecer, participar, ser valorado y lograr estima personal,  que en ciertos casos el castigo, la censura o el propio comportamiento del adulto termina reforzando el círculo de la misma.
Para ello se requiere , además de abordar  la situación puntual,  ocuparse de observar  y trabajarla convivencia y el clima que se vive en las instituciones. y deben tener la participación de todos los actores incluidos los padres.
Requiere tomar conciencia que la convivencia genera conflictos y tensión y que el “grado de salud  de las instituciones no está dado por la ausencia de los conflictos , sino por la forma en que cada institución los afronta y en el mejor de los casos cómo puede darles solución. .Esto es prevención” (Ianni, N, Pérez E. La convivencia en la escuela, un hecho, una construcción. Ed. Paidós)
Muchos podrán decir…. Esto es casi imposible… - Es difícil y pero no imposible y es fruto de un proceso que puede llevar años de trabajo continuo y requiere por parte de las autoridades su apoyo constante.
Las urgencias constantes hacen que, como el camino es largo muchas veces no nos decidamos a dar los primeros pasos. Como dice la frase hasta el camino más largo comienza con el primer paso.
Frente al fenómeno de violencia  algunos piensan en la mediación Escolar como una solución. La mediación  y la NEGOCIACION son  sólo  herramientas dentro de un paquete más amplio  que puede ayudar a  afrontar y dar solución a los conflictos previniendo algunas situaciones de violencia , pero no son la panacea.
Por su parte la mediación educativa NO SE AGOTA EN FORMAR ALUMNOS MEDIADORES, sino que implica un trabajo más profundo con todos los actores institucionales , reflexionando acerca de qué se hace con el conflicto en la institución, qué actitudes predominan, y dar herramientas no sólo de mediación sino también de NEGOCIACIÓN para autogestionar los conflictos y dentro de un proyecto institucional que debe prever claramente los límites de lo “negociable” y lo “no negociable”, los procedimientos de gestión de conflictos entre adultos, alumnos y adultos y alumnos,  la inserción de las instancias de negociación y mediación dentro del acuerdo de convivencia institucional y la legislación.
Otras acciones apuntan a proponer  iniciativas legislativas relacionadas con la temática. Si bien ellas por sí solas no bastan son un primer paso para poner el tema en debate.  En el caso de la Provincia del Chaco contamos  con legislación más que suficiente. Entre esas leyes se encuentra la 5221 de Acuerdos de convivencia , la 4986- Plan Provincial de Prevención de la Violencia en las escuelas y  la  4711 de Mediación Escolar.  Leyes cuyos primeros pasos para implementarlas  se comenzaron a dar  hace ya tiempo, pero “decisiones políticas” de gestiones anteriores determinaron que se perdiera el trabajo realizado.
Parafraseando al Dr. Claudio García Pintos quien en un Seminario sobre Violencia Escolar realizado en Buenos Aires en 2005, en el  que tuve el honor de participar como disertante,  al reflexionar sobre la violencia en el aula se preguntaba “¿Bastará? Si nosotros docentes hacemos esto, ¿bastará? ¿Será suficiente modificar la mirada sobre la violencia para terminar con la violencia en el aula?” y se responde” Yo no tengo dudas respecto de la respuesta: NO. Pero no importa si bastará o no. No estamos llamados a erradicar la violencia del mundo ni siquiera del aula. Simplemente estaremos asumiendo nuestra responsabilidad como docentes. Sólo estamos llamados a ser docentes, a cumplir esa “labor educativa”.. “que ayuda al hombre a ser cada vez más hombre, lo introduce siempre más profundamente en la verdad, lo orienta hacia una respeto creciente por la vida, la forma en las justas relaciones entre las personas”.
El desafío es grande y el camino posible, es necesaria la voluntad de  transitarlo y el apoyo desde las autoridades y desde todos los actores institucionales para construir la convivencia, mejorar los “climas institucionales” y con ello estaremos también previniendo situaciones de violencia.

1. DANIEL MARTINEZ ZAMPA
Profesor en Ciencias Jurídicas.ABOGADO- MEDIADOR- MAGISTER EN ADMINISTRACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS-Diplomado en Coaching Ontológico.Coordinador web www.todosobremediacion.com.ar .
Dictó cursos, talleres y conferencias en Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Ecuador, Panamá, México, Puerto Rico y España.
Autor del libro: MEDIACIÓN EDUCATIVA Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Editorial Novedades Educativas.

jueves, 23 de octubre de 2014

Article 39 (Decree 1965). Definitions

Article 39 (Decree 1965). Definitions. For purposes hereof, the expression: 
1.Conflictos. Those situations are characterized because there is a real or perceived incompatibility between one or more persons against their interests. 
2 Conflicts handled inappropriately. Are situations in which conflicts are resolved constructively and lead to events that affect school life, such as riots, clashes or fights between two or more members of the educational community in which at least one is a student and always and where there is no impairment to the body or health of anyone involved. 
3 School Aggression. It is any action undertaken by one or more members of the educational community that seeks to negatively affect other members of the educational community, of which at least one is a student. The Bullying can be physical, verbal, gestural, relational and electronics. 
a. Physical aggression. It is any action that is intended to cause harm to the body or health of another person. It includes punching, kicking, shoving, slapping, biting, scratching, pinching, pulling of hair, among others. 
b. Verbal aggression. It's all action seeking the words degrade, humiliate, frighten, discredit others. Includes insults, offensive nicknames, teasing and threats. 
c. Gestural aggression. It's all action seeking the gestures degrade, humiliate, frighten or discredit others. 
d. Relational aggression. It's all action seeking adversely affect relations with others. Includes exclude groups deliberately isolate and spreading rumors or secrets looking negatively affect the status or image that a person has over others. 
e. Electronic aggression. It's all looking .acción adversely affect others through electronic means. Including the disclosure of intimate photos or videos on the Internet or humiliating, insulting or offensive comment on others through social networks and send emails or text messages insulting or offensive, both anonymously and when the identity of who reveals the sent. 
4 Bullying (bullying). According to Article 2 of Law 1620 of 2013, it's all negative behavior, intentional methodical and systematic aggression, intimidation, humiliation, ridicule, defamation, duress, deliberate isolation, threat or incitement to violence or any form of psychological abuse , verbal, physical or electronic means against a child or teenager. by a student or several of their peers with whom you have an asymmetrical power relationship, presented form or repeatedly over a given time. It can also occur by teachers against students, or by students against teachers, the indifference or complicity of their environment. 
5. Cyberbullying school (cyberbullying). According to Article 2 of Law 1620 of 2013, is any form of intimidation with intentional use of information technologies (Internet, social networking sites, mobile and online video games) to exercise and psychological abuse continued. 
6 Sexual Violence. According to the provisions of Article 2 of Law 1146 of 2007, "the term sexual violence against children and adolescents any act or conduct of a sexual nature exercised on a child or teenager, using force or any form physical, psychological coercion 
or emotional, according to conditions of helplessness, of inequality and power relations between victim and aggressor. "
7 Violation of the rights of children and adolescents: Any situation of damage, injury or damage that prevents the full realization of the rights of children and adolescents 
8 Restoring the rights of children and adolescents: The set of administrative proceedings and otherwise, that are developed for the restoration of their dignity and integrity as rights, and their ability to effectively enjoy the rights that have been violated. 


http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/articles-328567_archivo_pdf.pdf

TYPES OF SCHOOL VIOLENCE

TYPES OF SCHOOL VIOLENCE 
Violence has many ways of manifesting that depend heavily on the situation that arises. 
Physical: includes kicking, pushing, hitting with hands, spitting, biting and any aggression that violates the bodily integrity of the person as well as humiliating actions pants down, pulling clothes, throw them in the trash cans, among others. It is the most popular type of violence, because it is easy to detect. 
Verbal: Refers to threats, insults, teasing about clothes, physical appearance, race, ethnic origin, visible defect or anomaly, a singularity of speech or behavior. 
Social: A form of group discrimination fostered by the perpetrator to the victim. It can manifest ignoring the child or young harried, denying the greeting, isolating or generating rumors affecting his image. 
Psychological: Refers to stalking, to gestures of disgust, contempt or aggression directed at the victim. "
Written: Refers to threats, insults, teasing about clothes, physical appearance, race, ethnicity, defect or visible anomaly, a singularity speech or conduct written media through social networks or letters .

jueves, 21 de agosto de 2014

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR



RUTA  DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
ALCANCE
El Plan de Convivencia Escolar se incluye dentro del manual de convivencia de la institución y se aplicará y se sancionará de acuerdo al mismo, para todos los estudiantes, personal docente y padres de familia del I.E. VICENTE BORRERO COSTA  en cumplimiento a la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y el decreto 1965 del 11 de septiembre de  2013 “la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes para prevenir y mitigar la violencia escolar y embarazos en la adolescencia”
Estructura del Sistema. (Art 6) El sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, tendrá una estructura constituida por instancias en tres niveles: Nacional, Territorial y Escolar, liderados por el sector educativo:
Nacional: Integrado por el Comité Nacional de Convivencia Escolar.
Territorial: Integrado por los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, según corresponda.
Escolar: Integrado por el comité de convivencia del respectivo establecimiento educativo.
NACIONAL (Art 7)
El Ministro de Educación Nacional, o el Viceministro de Educación, quien lo presidirá,
*El Ministro de Salud y Protección Social o un Viceministro delegado,
*El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o un Subdirector delegado .
* El ente coordinador del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente.
* El Director de la Policía de Infancia y Adolescencia o un Comandante delegado
*El Ministro de Cultura o un Viceministro delegado
*El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o un Viceministro delegado,
*El Presidente de la Asociación Colombiana de Facultades de Educación ASCOFADE.
*El Presidente de la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores ASONENS
*El Director Ejecutivo de las Asociación Colombiana de Universidades ASCUN
*Defensor del pueblo o su delegado
*El rector de la institución educativa oficial con los más altos puntajes en las
pruebas SABER 11 del año anterior
*El rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.
TERRITORIAL (Art 9)
El Secretario de Gobierno departamental, distrital o municipal, según corresponda.
*El Secretario de Educación departamental, distrital o municipal, según corresponda.
*El Secretario de Salud departamental, distrital o municipal, según corresponda
*El Secretario de Cultura o quien haga sus veces, en el nivel departamental, distrital o municipal
*El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en los Departamentos o el Coordinador del Centro Zonal del ICBF en los municipios.
*El Comisario de Familia
*El Personero Distrital, Municipal o Procurador Regional
*El Defensor del Pueblo regional según corresponda
*El Comandante de la Policía de Infancia y Adolescencia
*El rector de la institución educativa oficial que en el Departamento, Municipio o Distrito haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.
*El rector de la institución educativa privada que en el Departamento, Municipio o Distrito haya obtenido los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.
La elección del representante de los rectores a estos comités será definida por el Comité Nacional de Convivencia Escolar.
ESCOLAR 
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
*El personero estudiantil
*El docente con función de orientación
*El coordinadores
*El presidente del consejo de padres de familia
*El presidente del consejo de estudiantes
*Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Funciones del comité escolar de convivencia (Art 13). Son funciones del comité:
  1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
  2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
  3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
  4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
  5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
  6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
  7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
  8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
TIPOS DE VIOLENCIA  ESCOLAR
La violencia tiene diversas formas de manifestarse que dependerán en gran medida de la situación en que se presente.
Física: Incluye patadas, empujones, golpes con las manos, escupir, mordiscos y cualquier agresión que atente contra la integridad corporal de la persona así como acciones humillantes como bajar los pantalones, jalar la ropa, tirarlos a los botes de basura, entre otros. Es el tipo de violencia más popular, ya que es fácil de detectar.
Verbal: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o de la conducta.
Social: Es una forma de discriminación grupal fomentada por el agresor hacia la víctima. Se puede manifestar ignorando a la niña, niño o joven acosado, negándole el saludo, aislándolo o generando rumores que afecten su imagen.
Psicológico: Se refiere al acecho, a los gestos de desagrado, desprecios o agresividad dirigidos a la víctima”.
Escrita: Se refiere a amenazas, insultos, burlas sobre la indumentaria, el aspecto físico, la raza, el origen étnico, algún defecto o anomalía visible, una singularidad del habla o de la conducta por medio escrito a través de las redes sociales o cartas.

Artículo 39 (DECRETO 1965). DefinicionesPara efectos del presente Decreto se entiende por:
1.Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica
o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
7. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
8. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.


http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/articles-328567_archivo_pdf.pdf




CÓMO LOS PADRES, MAESTROS Y NIÑOS PUEDEN EVITAR LA INTIMIDACIÓN O ACOSO ESCOLAR

La intimidación o acoso escolar (bullying) es un comportamiento agresivo intencional, que consiste en un desequilibrio de poder o de fuerza. Además, es repetitivo, y se puede manifestar de forma física, verbal, o social. Si bien los niños pueden intimidar a otros usando medios más físicos, en las niñas el acoso se manifiesta mediante la exclusión social. Durante años la intimidación ha formado parte de la vida en el ámbito escolar e incluso en el laboral. Sin embargo, recientemente, la tecnología y los medios de contacto social se han convertido en un nuevo vehículo de este mal que ha ampliado su alcance. Ejemplo de ello es el “acoso cibernético” (cyberbullying) que se lleva a cabo en Internet y con teléfonos celulares. En sitios Web como Facebook, MySpace, Tumblr y Formspring, niños y jóvenes pueden enviar mensajes ofensivos continuamente las 24 horas del día. En otros, como Tumblr y Formspring se permite la creación de mensajes anónimos.
La prevención y erradicación del acoso escolar consiste en el compromiso de crear un ambiente seguro, en el que los niños puedan progresar social y académicamente sin sentir temor. APA recomienda que los maestros, padres y alumnos tomen las medidas siguientes para evitar el acoso:

Maestros y administradores escolares

  • Estar informados y alertas: Los maestros y administradores deben estar conscientes de que si bien el acoso ocurre generalmente en sitios como los baños, el patio de juegos, los pasillos llenos de personas y los autobuses escolares, además sucede con teléfonos celulares y computadoras (donde existe poca o ninguna supervisión); debe ser tomado muy en serio. Los maestros y administradores deben enfatizar que informar no es delatar. Si un maestro observa un caso de intimidación en el aula, debe intervenir inmediatamente para impedirlo, reportar el incidente e informar a los administradores escolares correspondientes para que sea investigado. No es recomendable realizar una reunión conjunta con el acosador y el acosado, pues sería vergonzoso e intimidaría enormemente al estudiante que ha sido objeto del abuso.
  • Participación de estudiantes y padres: Es necesario que los estudiantes, así como los padres, formen parte de la solución, y participen en equipos de seguridad y grupos especiales contra la intimidación escolar. Los estudiantes pueden informarles a los adultos acerca de lo que está ocurriendo realmente, y también mostrarles las nuevas tecnologías que se utilizan para la intimidación. Los padres, maestros y administradores escolares pueden contribuir a que los alumnos adopten un comportamiento positivo, y enseñarles cómo intervenir en un caso de abuso. Los estudiantes de más edad pueden ser mentores e informarles a los más jóvenes con respecto a prácticas seguras de navegación por la Internet.
  • Crear expectativas positivas con respecto al comportamiento de estudiantes y adultos: Las escuelas y aulas deben ofrecerles a los estudiantes un entorno seguro de aprendizaje. Los maestros y entrenadores deben recordarles explícitamente a los alumnos que el acoso escolar es inaceptable, y que ese tipo de comportamiento tendrá las consecuencias correspondientes. Los maestros y administradores deben crear un documento en contra del acoso, y pedirle a cada alumno, así como a sus padres/tutores, que lo firmen y entreguen en la oficina, para que comprendan la gravedad que implica un caso de intimidación. Además, a los estudiantes que confrontan dificultades para adaptarse o tener amigos, se les pueden facilitar amistades o darles “trabajo” a la hora del almuerzo y el receso, para que no se sientan aislados ni corran peligro de convertirse en víctimas de acoso.

Padres

Padres de niños acosados
  • Observe la actitud de su hijo para detectar señales de acoso: No siempre los niños son propensos a decir que los están intimidando. Entre las señales de que un niño está siendo acosado figuran: ropa desgarrada, temor a ir a la escuela, disminución del apetito, pesadillas, llanto o depresión y ansiedad general. Si descubre que su hijo es objeto de acoso, no recurra a frases como “no le hagas caso” ni “aguanta sin quejarte”. Por el contrario, sostenga conversaciones abiertas en las que pueda enterarse de lo que ocurre en la escuela con el fin de tomar medidas apropiadas para rectificar esa situación. Pero esto es lo más importante: hágale saber a su hijo o hija que está dispuesto a ayudarle y que no intente contraatacar al acosador.
  • Enséñele a su hijo a hacerle frente al acoso: Mientras no se pueda tomar alguna medida a nivel administrativo, enséñele a su hijo a hacerle frente a la intimidación sin exponerse a ser maltratado físicamente ni derrotado en una pelea. Practique en casa para que su hijo aprenda a ignorar al acosador y/o crear estrategias enérgicas a fin de manejar la situación. Ayude a su hijo en la identificación de maestros y amigos que pudieran ayudarlo en caso de ser víctima de intimidación.
  • Establezca los límites con respecto a la tecnología: Manténganse informados, tanto usted como sus hijos, acerca del acoso cibernético, e incúlqueles a sus hijos que no deben responder mensajes amenazadores, ni tampoco reenviarlos. Hágase “amigo” de su hijo o hija en Facebook o Myspace, y active los filtros adecuados en su computadora. Además, trate de que la computadora familiar sea la única que usen sus hijos, y colóquela en un sitio de la casa donde esté visible y pueda ser supervisada. Si decide darle a su hijo un teléfono celular, analice con cuidado antes de permitirle que use la opción de cámara. Además, comuníquele que va a supervisar sus mensajes de texto. Como padre, usted puede insistir en que los teléfonos se guarden en un área donde todos tengan acceso (como la cocina) a determinada hora de la noche, para impedir el acoso nocturno y los mensajes inadecuados. Los padres deben reportar el caso de intimidación en la escuela, y darle seguimiento por medio de una carta con copia al Superintendente Escolar si su pesquisa inicial no recibe respuesta.
Los padres deben reportar a la policía los mensajes amenazadores y guardar las evidencias pertinentes de los mensajes de texto, de correo electrónico, o los comentarios colocados en los sitios web.
Padres de niños acosadores
  • Detener el acoso antes de que comience: Hable con sus hijos acerca del acoso escolar. Es posible que su hijo esté confrontando problemas para comprender los signos sociales, e ignore el daño que está haciendo. Recuérdele a su hijo que intimidar a otros puede acarrear consecuencias de índole jurídica.
  • Una casa “libre de acosadores”: Los niños imitan las formas de comportamiento que adoptan sus padres. Estar expuesto a un comportamiento agresivo o a un entorno demasiado estricto en casa hace que el niño tenga más propensión al acoso escolar. Los padres/tutores deben dar ejemplos positivos en su forma de relacionarse con otras personas y con sus hijos.
  • Detectar problemas de autoestima: A menudo, los niños con problemas de autoestima acosan a otros para sentirse bien consigo mismos. Incluso los niños que gozan de cierta popularidad y aceptación pueden tener tendencias crueles. Los padres deben evitar y castigar el comportamiento cruel de sus hijos.

Estudiantes

  • Reportar los casos de acoso personal y cibernético: Es importante que los estudiantes informen a un padre o a un adulto de confianza sobre cualquier caso de intimidación. Con frecuencia, los niños no reportan casos de acoso cibernético porque temen que sus padres les impidan usar el teléfono o la computadora. Los padres deben respaldar a sus hijos si éstos les informan de un caso de intimidación, y no impedirles que usen el teléfono como consecuencia de esa situación. Los niños deben recordar que el acoso escolar es incorrecto, y que debe ser resuelto por un adulto.
  • No responder al acoso con violencia: Aunque puede ser difícil quedarse cruzado de brazos ante el acoso, como dice el refrán: “Dos males no hacen un bien”. Trate de no demostrar enojo ni llorar. Hay que decirle con calma al acosador que deje de intimidarlo, o, simplemente, alejarse para evitar problemas.
  • Estar siempre acompañado: Siempre que sea posible, evite que ocurran situaciones en sitios donde no haya otros estudiantes o maestros. Trate de ir al baño con un amigo o almorzar en grupo. Cuando monte en el autobús escolar, siéntese cerca de la parte delantera. Si conoce a algún estudiante que acostumbra a acosar a otros en un área de la escuela donde usted suele caminar, almorzar o ir a clases, trate de usar pasillos alternativos para llegar a su destino.
No olvide que debe reportarle a su maestro, entrenador, director y/o padres cualquier caso de intimidación contra usted u otros estudiantes.

Conclusión

Los estudiantes que son víctimas del acoso escolar pueden sentirse abrumados, deprimidos o ansiosos. Si su hijo confronta problemas en la escuela o con sus amigos como resultado del acoso, un profesional de salud mental, como por ejemplo, un psicólogo, puede ayudarle a crear resiliencia y confianza en sí mismo. Esto le permitirá ser más exitoso tanto en el aspecto social como en el académico.
Más información en inglés:
Un agradecimiento especial a Rosalind Dorlen, PsyD – Práctica independiente, Nueva Jersey; Elaine Ducharme, PhD – Práctica independiente, Connecticut; y Susan M. Swearer, PhD – Profesora Asociada de Psicología Escolar, Co-Directora y Psicóloga Asociada del Consorcio de Pasantía de Psicología Profesional de Nebraska, y Secretaria de la División 16 de APA-Psicología Escolar.
http://www.apa.org/centrodeapoyo/intimidacion.aspx 

lunes, 28 de julio de 2014

¿Qué es el Ciberbullying?

El ciberbullying es el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales. No se trata aquí el acoso o abuso de índole estrictamente sexual ni los casos en los que personas adultas intervienen.

¿Qué no es el ciberbullying?

Por tanto tiene que haber menores en ambos extremos del ataque para que se considere ciberbullying: si hay algún adulto, entonces estamos ante algún otro tipo de ciberacoso.
Tampoco se trata de adultos que engatusan a menores para encontrarse con ellos fuera de la Red o explotar sus imágenes sexuales. Aunque hay veces en que un/a menor comienza una campaña de ciberbullying que puede acabar implicando a adultos con intenciones sexuales.

¿Cuándo estamos ante un caso de ciberbullying?

Estamos ante un caso de ciberbullying cuando un o una menor atormenta, amenaza, hostiga, humilla o molesta a otro/a mediante Internet, teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas.
Según el Estudio sobre hábitos seguros en el uso de las TIC por los menores publicado por el INTECO en Marzo de 2009 elciberbullying se define como acoso entre iguales en el entorno TIC, e incluye actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños..

¿Qué tiene que ver el ciberbullying con el bullying o acoso escolar?

No son tan similares como podría pensarse. En ambos se da un abuso entre iguales pero poco más tienen que ver en la mayoría de los casos. El ciberbullying atiende a otras causas, se manifiesta de formas muy diversas y sus estrategias de abordamiento y consecuencias también difieren. Sí es bastante posible que el bullying sea seguido de ciberbullying. También es posible que elciberbullying pueda acabar también en una situación de bullying, pero desde luego esto último sí que es poco probable.

¿Por qué es especialmente grave el ciberbullying?

El anonimato, la no percepción directa e inmediata del daño causado y la adopción de roles imaginarios en la Red convierten al ciberbullying en un grave problema.

Sinónimos

Además de la adaptación del neologismo inglés (cyber-bullying) se utilizan en castellano otros términos para denominar alciberbullying, combinando el prefijo ciber- o los adjetivos online ovirtual con las palabras matonajematoneo o abuso, asociadas con la denominación de matones o abusones para los que efectúan el bullying. Así podemos encontrarnos con los siguientes sinónimos de ciberbullyingciberabuso, cibermantonaje, cibermatoneo; abuso online, mantonaje online, matoneo online; abuso virtual, matonaje virtual, matoneo virtual. Además, en inglés también se utilizan e-bullying y online bullying.

¿Cómo se manifiesta el ciberbullying?

Las formas que adopta son muy variadas y sólo se encuentran limitadas por la pericia tecnológica y la imaginación de los menores acosadores, lo cual es poco esperanzador. Algunos ejemplos concretos podrían ser los siguientes:
  • Colgar en Internet una imagen comprometida (real o efectuada mediante fotomontajes) datos delicados, cosas que pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de relaciones.
  • Dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se trata de votar a la persona más fea, a la menos inteligente… y cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros lugares.
  • Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima, en redes sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en primera persona determinados acontecimientos personales, demandas explícitas de contactos sexuales…
  • Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.
  • Dando de alta la dirección de correo electrónico en determinados sitios para que luego sea víctima de spam, de contactos con desconocidos…
  • Usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes que a su buzón le llegan violando su intimidad.
  • Provocar a la víctima en servicios web que cuentan con una persona responsable de vigilar o moderar lo que allí pasa (chats, juegos online, comunidades virtuales…) para conseguir una reacción violenta que, una vez denunciada o evidenciada, le suponga la exclusión de quien realmente venía siendo la víctima.
  • Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le suponga un comportamiento reprochable, ofensivo o desleal, de forma que sean otros quienes, sin poner en duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.
  • Enviar menajes amenazantes por e-mail o SMS, perseguir y acechar a la víctima en los lugares de Internet en los se relaciona de manera habitual provocándole una sensación de completo agobio.
  • TOMADO DE: http://www.ciberbullying.com/cyberbullying/que-es-el-ciberbullying/

miércoles, 14 de mayo de 2014

LA LEY CONTRA EL MATONEO

Un cambio radical en la convivencia escolar y en las relaciones sociales entre los jóvenes se espera tras la aprobación del proyecto que convirtió en Ley varias medidas que buscan prevenir y proteger víctimas del matoneo o bullying, así como castigar a los agresores.
La iniciativa que cumplió su trámite el miércoles pasado en el Congreso responde a la grave situación que vienen afrontando miles de jóvenes que son víctima de acoso y violencia por parte de sus compañeros.
Entre los cambios que contempla la reglamentación está la modificación de los manuales de convivencia de los colegios, así como la creación de nuevas formas de incentivar y fortalecer los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.
La más reciente encuesta sobre deserción escolar mostró que el 13 por ciento de niños y jóvenes que abandonaron el colegio, fueron víctimas de maltrato por parte de sus compañeros o algún docente.
Sabiendo la importancia que para padres de familia tiene esta norma, presentamos en detalle esta iniciativa, explicaremos cómo se aplica, a qué organismos acudir, qué proceso se sigue cuando ocurra un caso de estos y qué sanciones trae.

¿Qué es la Ley?

La nueva Ley contra el matoneo escolar es una serie de políticas y normas que buscan proteger, atender y castigar ante las autoridades pertinentes, el acoso y la violencia juvenil que en la actualidad afecta a un gran número de jóvenes. Para esto se conformó el Sistema Nacional de Convivencia escolar en el que los colegios, la familia, la sociedad y el Estado, velarán por la protección de los derechos de esta población.

¿Qué es matoneo o Bullying?

Es una conducta negativa intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o a cualquier forma de maltrato sicológico, verbal, físico o por medios electrónicos, contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares.

¿En qué cambia la norma del acoso escolar?

La norma permitirá que casos como burlas crueles, ataques, golpes, chantajes, presiones, ya no queden en el anonimato y sean debidamente atendidos y castigados. Desde la activación de esta el estudiante podrá acudir a los comités de convivencia en los que podrá exponer su caso donde se activarán todos los protocolos para procesar el caso.

¿Cómo se aplica?

Conocido el hecho, se informará tanto a directivas del colegio, docentes, estudiantes involucrados y padres de familia tanto del agresor como de la víctima. Posteriormente se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados, procurando encontrar espacios de conciliación que garanticen la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

¿Qué pasa si no se puede conciliar?

Las situaciones que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y que requieran de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas según corresponda, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), a la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o la Policía de Infancia y Adolescencia.

Sanciones si no se cumple la Ley

En el caso que cualquiera de los actores del sistema no cumplan con su misión por omisión, incumplimiento o retraso se sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Código General y de Procedimiento Penal, el Código Único Disciplinario y el Código de la Infancia y la Adolescencia. Las penalidades irán desde amonestación hasta cancelación de la licencia.

Ciberbullying castigado

El uso deliberado de las tecnologías de la información (redes sociales) para cometer intimidación y maltrato sicológico se sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Código General y de Procedimiento
Penal, el Código Único Disciplinario y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

También penaliza a profesores

La norma también sanciona el matoneo de profesores contra estudianteso por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

Consecuencias para el individuo

El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y
el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. El bullying puede generar aislamiento social. En la vida adulta dificultades para relacionarse, inseguridad, baja autoestima, nerviosismo, ansiedad, agresividad, apatía, síntomas depresivos o fobias.

Creación de bases de datos

Se crea un 'sistema de información unificado' con el que se identificarán, registrarán y seguirán los casos de violencia escolar, acoso y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los estudiantes. Esa información servirá de base para la toma de decisiones y la reorientación de estrategias y programas que fomenten un adecuado clima escolar.

¿Qué instituciones participan?

El comité nacional de convivencia escolar estará conformado, entre otros, por los ministerios de Educación, Cultura, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Salud y Protección Social, el ICBF, la Defensoría del Pueblo y las dos instituciones educativas -una pública y una privada- con los mayores puntajes en las pruebas Saber 11 del año inmediatamente anterior.
A nivel territorial se crearán comités departamentales, municipales y distritales de convivencia escolar. Y en los colegios se integrará un comité de convivencia en cada establecimiento educativo.

Detecte si su hijo es una víctima

Según los expertos, la observación, el diálogo y la participación son métodos por medio de los cuales los padres puede detectar si sus hijos son víctimas de matoneo.
Otras maneras de identificar esta situación son:
- Cuando los niños sufren de la victimización suelen presentar a menudo dolores de cabeza, estómago, sudor excesivo, vómitos, diarrea y temor de ir a la escuela.
- Pueden mostrarse insatisfechos, tristes, ansiosos y con miedo; pueden constantemente dar excusas al momento de ir a clases.
- Pueden manifestar querer cambiar de ruta escolar, clase o colegio. Pueden presentar dificultad de inclusión en los grupos de estudio o deportes.
- Cambian de humor y evitan los asuntos escolares.
TOMADO DE: http://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/12-2012-el-abc-de-la-ley-contra-el-matoneo.html